La verdad sobre las licencias de conducción en Colombia.
Hola , buen dia a todos los amigos de la seguridad vial.
Hoy tocamos el tema de las licencias de conducción de servicio particular, porque son noticia en Colombia.
Si, la Ley 2161 de 2021 ha concedido 2 años de plazo para renovar las licencias de conducción que se vencian en el mes de enero de 2022, dicho beneficio se encuentra estipulado en el articulo 11 de esta norma.
Los invito a ver el video , porque muchas personas andan desinformando por las redes sociales,con fines desconocidos, muchas de las mentiras que estan promoviendo, es que esta prorroga de dos años a partir del 31 de Diciembre de 2021 , tambien incluye a las licencias de servicio público,pero podemos decir desde este blog, que es completamente falsa esa afirmación.
El articulo 11 de la Ley 2161 , es claro en afirmar , que las licencias que son sujeto de esta norma, son las que se vencen del 1 al 31 de enero de 2022, o sea , las licencias de conducción a las que se les ampliaron los plazos de vigencia, desde el año 2012 y se les concedió 10 años a partir del decreto 019 de ese año.
Se les debe recordar a estas personas que las licencias de conducción de las que habla la norma, son las que se expidieron antes del decreto Ley 019 de 2012, por medio del cual se reforma la vigencia de las licencias particulares y de moto y se les concede 10 años, fecha que culminaba en el mes de enero de 2022.
El ministerio de tránsporte y el congreso de la Republica analizando que la población que posee estas licencias son aproximadamente tres millones de personas, han tomado la desición de prorrogar por dos años el requisitos de la refrendación, pero eso no quiere decir que se esperen hasta el año 2024, lo recomendable, es que aprovechen estos dos años para que se programen prudentemente para hacer el respectivo trámite.
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