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Mostrando entradas de diciembre, 2021

La verdad sobre las licencias de conducción en Colombia.

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Hola , buen dia a todos los amigos de la seguridad vial. Hoy tocamos el tema de las licencias de conducción de servicio particular, porque son noticia en Colombia. Si, la Ley 2161 de 2021 ha concedido 2 años de plazo para renovar las licencias de conducción que se vencian en el mes de enero de 2022, dicho beneficio se encuentra estipulado en el articulo 11 de esta norma. Los invito a ver el video , porque muchas personas andan desinformando por las redes sociales,con fines desconocidos, muchas de las mentiras que estan promoviendo, es que esta prorroga de dos años a partir del 31 de Diciembre de 2021 , tambien incluye a las licencias de servicio público,pero podemos decir desde este blog, que es completamente falsa esa afirmación. El articulo 11 de la Ley 2161 , es claro en afirmar , que las licencias que son sujeto de esta norma, son las que se vencen del 1 al 31 de enero de 2022, o sea , las licencias de conducción a las que se les ampliaron los plazos de vigencia, desde el año 2012 ...

Feliz navidad y año nuevo para tódos

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JUANVIAL les desea a todas las familias del mundo , un año nuevo lleno de prevención vial , donde cambiemos hábitos y comportamientos de riesgo , por acciones y actividades mas seguras en la via. Prevenir siniestros viales es defender la vida de la violencia vial. Tomemos una desición sabía, hagamos el proposito serio de aportar un granito de arena a la seguridad vial. Feliz año nuevo para todos 

Pico y placa del JUEVES en #Pereira y #Dosquebradas

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Hola amigos de la seguridad vial,quiero informarles el dia de hoy , que los jueves , el pico y placa de la ciudad de Pereira y Dosquebradas , son las placas con números 6 y 7 . Les aclaro que las placas de las motocicletas son el primer digito y el de los demás vehiculos es el último número de la placa. La medida del pico y placa es una restricción que usan las administraciones, con el fin de mejorar la movilidad sobre todo en las horas pico. Es bien importante señalar a todas las personas que el incumplimiento de esta norma  está sancionado con 15 salarios minimos diarios, los agentes de tránsito le elaboraran una orden de comparendo por el código C14 contenido en la Ley 1383 de 2010  y la resolucion  3027 de 2010, por circular por lugares y horarios prohibidos. Qué opinan ustedes?